
El fin de semana, ante el asombro de todos con los que estaba viendo La 1, pude ver lo que claramente parecía un spot comercial. La única peculiaridad era que se trataba de La Casera, patrocinador oficial de la Vuelta a España.
Esta rareza me llevó a consultar la Ley de financiación de la Corporación de Radio y Televisión Española que disipó mis dudas:
Artículo 7. Ingresos derivados de la actividad.
1. La Corporación RTVE podrá obtener ingresos, sin subcotizar los precios de su actividad mercantil, por los servicios que preste y, en general, por el ejercicio de sus actividades, incluyendo la comercialización de sus contenidos, tanto de producción propia como de producción mixta o coproducción, siempre que los ingresos no procedan de actividades de publicidad o de televenta en cualquiera de sus formas, incluido el patrocinio y el intercambio publicitario de productos o programas, ni se trate de ingresos derivados del acceso condicional que no estén autorizados conforme a la presente Ley. No obstante, se permitirán los patrocinios y el intercambio publicitario de eventos deportivos y culturales, que se enmarquen dentro de la misión de servicio público de la Corporación, sin valor comercial y siempre que tengan este sistema como única posibilidad de difusión y producción.
Es decir, aun podremos ver spots en la televisión pública estatal.